Fogar Vivo 2026
Si tienes una vivienda cerrada en A Coruña que solo te genera gastos de IBI y comunidad, el programa Fogar Vivo de la Xunta de Galicia puede cambiar la situación radicalmente. La convocatoria 2026, publicada en el DOG el 27 de febrero, ofrece hasta 16.000 euros por inmueble para obras de reforma, electrodomésticos y seguros de impago. En el año anterior los fondos se agotaron antes de que cerrase el plazo. Te explicamos todo lo que necesitas saber.
¿Qué es el programa Fogar Vivo?
Fogar Vivo es el programa de la Xunta de Galicia —gestionado por el Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS)— diseñado para movilizar viviendas vacías de titularidad privada y ponerlas en el mercado del alquiler a precios accesibles. Nació en el marco del Pacto de Vivienda de Galicia 2021-2025 y ha quedado incorporado como actuación prioritaria en el nuevo Pacto de Vivienda de Galicia 2026-2030, firmado el 10 de febrero de 2026.
El mecanismo es sencillo: el propietario recibe una subvención para rehabilitar y acondicionar su inmueble, y a cambio se compromete a alquilarlo a una renta limitada durante un mínimo de cinco años. Gana el propietario —que obtiene ingresos y revaloriza su patrimonio sin desembolso inicial—, gana el inquilino —que accede a una vivienda reformada a precio razonable— y gana el mercado coruñés, que suma oferta en un momento de fuerte tensión sobre los alquileres.
Los resultados de la primera convocatoria hablan por sí solos: 239 viviendas incorporadas al alquiler y más de 1,4 millones de euros concedidos —los fondos se agotaron antes de que cerrase el plazo—. Para 2026, la Xunta ha casi triplicado el presupuesto hasta los 2,8 millones de euros, un incremento del 50% respecto al ejercicio anterior.
📋 Fogar Vivo 2026 — Datos esenciales
- Convocatoria: abierta desde el 9 de marzo de 2026
- Plazo de solicitud: hasta el 3 de junio de 2026 (o hasta agotar el crédito, lo que ocurra primero)
- Presupuesto total: 2,8 millones de euros
- Ayuda máxima: 16.000 euros por vivienda
- Anticipo disponible: hasta el 80% de la ayuda antes de iniciar las obras
- Normativa: Resolución de 24 de febrero de 2026 (DOG nº 39, de 27 de febrero de 2026)
- Códigos de procedimiento: VI426F (obras) y VI426H (seguros y ayuda vinculada)
- Dónde solicitarlo: sede.xunta.gal
¿A quién va dirigido? Requisitos de la vivienda y del propietario
Quién puede solicitar las ayudas
Pueden ser beneficiarios tanto personas físicas como personas jurídicas (empresas, sociedades) que sean propietarias o usufructuarias de la vivienda. También pueden acceder las entidades de crédito y sus filiales inmobiliarias, aunque en este caso únicamente a través de la Sección II del programa, gestionada por los ayuntamientos colaboradores.
Requisitos de la vivienda
El inmueble debe cumplir las siguientes condiciones:
- Estar situada en Galicia y ser de titularidad privada, sin protección pública.
- Haber estado vacía durante al menos tres meses antes de presentar la solicitud (con excepciones para contratos recientes de menos de 15 días).
- Tener o poder alcanzar las condiciones mínimas de habitabilidad con las obras a realizar.
- No estar sujeta a ningún régimen de protección oficial.
- Comprometerse a mantenerse en el programa durante un mínimo de 5 años si el propietario es persona física, o 7 años si es persona jurídica.
- El contrato de alquiler debe haberse firmado con posterioridad a la publicación de la resolución de convocatoria (27 de febrero de 2026).
Límites de renta según zona
Para poder acogerse al programa, el precio del alquiler no puede superar los topes establecidos por zonas. Como referencia orientativa para la convocatoria 2026:
| Zona | Renta máxima mensual orientativa |
|---|---|
| A Coruña, Santiago de Compostela, Vigo | Hasta 600–650 € (según superficie) |
| Ourense, Lugo y municipios medios | Entorno a los 500–550 € |
| Zonas rurales y municipios pequeños | Entre 350 € y 450 € |
Importes orientativos. Consulta los límites exactos en la resolución oficial del IGVS o en sede.xunta.gal.
¿Cuánto dinero se puede obtener? Las tres líneas de ayuda
El programa articula tres líneas de ayuda independientes que pueden combinarse hasta alcanzar el límite global de 16.000 euros por vivienda:
Línea 1 — Obras de adecuación y reparación: hasta 11.000 €
Es la línea principal del programa y la que concentra el mayor importe. Se divide en:
- Ayuda base de hasta 5.000 €: subvención del 80% del gasto justificado, para inversiones de hasta 6.250 €.
- Ayuda complementaria de hasta 6.000 €: a razón de 2.000 € adicionales por cada tramo de obra que acredite mejora en la calificación energética del inmueble.
Las actuaciones subvencionables incluyen:
- Obras de conservación y mantenimiento (fontanería, electricidad, carpintería, pintura).
- Obras de rehabilitación para garantizar habitabilidad e instalaciones en norma.
- Ajustes en la distribución interior de la vivienda.
- Adquisición e instalación de mobiliario de cocina y electrodomésticos: nevera, cocina, horno, microondas, lavavajillas y campana extractora.
- Cambio de sanitarios, lavadora, bañera y mamparas.
- Honorarios de profesionales técnicos e informes necesarios para las obras.
✅ Anticipo del 80% antes de iniciar las obras
Una de las grandes ventajas del programa es que el propietario puede solicitar un anticipo de hasta el 80% de la ayuda concedida antes de comenzar las obras. Esto elimina la necesidad de financiación puente y hace que la reforma sea accesible incluso para propietarios que no disponen de liquidez inmediata. El 20% restante se abona una vez justificadas las actuaciones.
Línea 2 — Seguro de impago y multirriesgo: hasta 3.000 €
Esta línea cubre el coste del seguro de impago de rentas y/o del seguro multirriesgo del hogar durante la vigencia del contrato de alquiler. Es una de las principales barreras que frenan a los propietarios gallegos —muchos de ellos mayores y con un único inmueble en propiedad— a la hora de alquilar: el miedo a impagos y a daños en la vivienda.
La cuantía anual es de hasta 600 € si el propietario es persona física, o hasta 428 € si es persona jurídica, hasta un máximo total de 3.000 € por contrato. Esta línea puede solicitarse independientemente de si se realizan obras o no.
Línea 3 — Ayuda vinculada al perfil del arrendatario: hasta 2.000 €
Se trata de un incentivo adicional para los propietarios que alquilen su vivienda a personas en situación de mayor vulnerabilidad o con mayores dificultades de acceso al mercado. Concretamente, aplica cuando el arrendatario sea:
- Menor de 36 años.
- Persona con hijos menores de edad a cargo.
- Persona con familiares con discapacidad reconocida a su cargo.
Esta ayuda vinculada solo puede solicitarse si el propietario ha obtenido previamente la ayuda para adecuación y reparación (Línea 1), y siempre que el contrato de alquiler esté formalizado tras la publicación de la convocatoria.
Las dos secciones del programa: Xunta directamente o vía Ayuntamiento
El programa Fogar Vivo opera a través de dos secciones con distinta vía de gestión, aunque el contenido de las ayudas es el mismo:
Sección I — Gestión directa del IGVS: el propietario solicita las ayudas directamente al Instituto Galego da Vivenda e Solo a través de la sede electrónica de la Xunta. Es la vía más habitual y la que concentra la mayor parte del presupuesto.
Sección II — Gestión municipal: disponible en los ayuntamientos que hayan obtenido la condición de entidad colaboradora. En este caso, la vivienda debe estar previamente incorporada al programa municipal correspondiente. En A Coruña, conviene consultar con el Ayuntamiento si existe adhesión vigente al programa para el ejercicio 2026. Los ayuntamientos que ya obtuvieron la condición de colaborador en 2025 no necesitan presentar nueva solicitud para 2026.
Paso a paso: cómo solicitar las ayudas de Fogar Vivo en A Coruña
1. Comprueba que tu vivienda cumple los requisitos
El primer paso es verificar que el inmueble lleva al menos tres meses vacío, que no tiene protección oficial y que puede alcanzar las condiciones de habitabilidad con las actuaciones previstas. Si no tienes claro el estado de la vivienda, un técnico o tu administrador de fincas puede hacer una valoración previa rápida.
2. Obtén los presupuestos de las obras
La solicitud debe ir acompañada de un presupuesto detallado de las actuaciones previstas. Las obras deben haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2026. Reúne también el título de propiedad, la referencia catastral y los datos fiscales actualizados.
3. Presenta la solicitud en sede.xunta.gal
La tramitación es preferentemente electrónica, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Utiliza el código VI426F para las ayudas de obras y el código VI426H para las de seguros y ayuda vinculada. Si no dispones de certificado digital o DNI electrónico, también puede presentarse presencialmente en cualquier registro de la Administración.
4. Solicita el anticipo del 80%
Una vez concedida la ayuda, puedes pedir el anticipo antes de iniciar las obras. Esto te permite comenzar la reforma sin esperar a tener todo financiado. El restante 20% se percibe al justificar las actuaciones realizadas.
5. Firma el contrato de alquiler y notifícalo al IGVS
El contrato debe firmarse con posterioridad a la publicación de la convocatoria (27 de febrero de 2026) y dentro de los plazos establecidos en la resolución. Una vez formalizado, hay que comunicarlo al IGVS para activar, si procede, la ayuda vinculada y los seguros subvencionados.
⚠️ El plazo cierra el 3 de junio de 2026 — o antes si se agotan los fondos
En la convocatoria de 2025 el presupuesto se agotó semanas antes de que cerrase el plazo oficial. En el primer mes de la convocatoria 2026 ya se habían recibido cerca de 200 solicitudes —la mitad de todas las de 2025—. Si tienes una vivienda vacía en A Coruña y estás pensando en acogerte al programa, no esperes al último momento. Los fondos son limitados y se conceden por orden de entrada.
Ventajas fiscales adicionales: bonificaciones en el IRPF
Las viviendas incorporadas al programa Fogar Vivo pueden beneficiarse también de las bonificaciones fiscales en los tramos autonómicos del IRPF que les sean de aplicación según la normativa vigente en Galicia. Esto significa que, además de la subvención directa para reformas y seguros, el propietario puede reducir su carga fiscal sobre los rendimientos del capital inmobiliario.
Con carácter general, la Ley del IRPF ya permite a todos los arrendadores deducir el 60% de los rendimientos netos positivos de alquiler para uso de vivienda habitual. En Galicia, los tramos autonómicos pueden ampliar estas deducciones para viviendas en zonas de mercado tensionado o para alquileres a jóvenes. Te recomendamos consultar con tu asesor fiscal o administrador de fincas el impacto concreto en tu declaración.
El papel del administrador de fincas en Fogar Vivo
Conviene recordar que el programa Fogar Vivo nació con la colaboración explícita de los administradores de fincas colegiados, que desde el inicio han actuado como agentes de intermediación entre los propietarios y el IGVS. El propio DOG menciona esta colaboración profesional en el articulado de la resolución.
Desde una administración de fincas podemos asesorarte en los siguientes aspectos del programa:
- Evaluar si tu vivienda cumple los requisitos de acceso al programa.
- Coordinar la obtención de presupuestos de obras con industriales de confianza.
- Preparar y presentar la documentación necesaria para la solicitud.
- Gestionar el anticipo del 80% y el seguimiento con el IGVS.
- Redactar o revisar el contrato de arrendamiento, asegurando que la renta pactada se ajusta a los límites del programa.
- Gestionar el seguro de impago y multirriesgo subvencionado.
- Hacer el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones durante los 5 o 7 años de vinculación al programa.
Preguntas frecuentes sobre Fogar Vivo
¿Puedo solicitar las ayudas si ya tengo un inquilino en la vivienda?
No directamente. La vivienda debe haber estado vacía durante al menos tres meses antes de presentar la solicitud. Existe una excepción para contratos de arrendamiento firmados hace menos de 15 días antes de la solicitud, siempre que fueran firmados con posterioridad a la publicación de la convocatoria. Si tienes dudas sobre tu situación concreta, consúltanos.
¿Qué pasa si la vivienda queda vacía durante el periodo de compromiso de 5 años?
El programa prevé esta situación. Si el contrato de alquiler se extingue antes de que finalice el período de compromiso, la vivienda puede volver al programa y beneficiarse de una nueva convocatoria de ayudas, siempre que cumpla los requisitos de la misma. La resolución de 2026 establece expresamente este régimen transitorio para viviendas cuyo contrato anterior se haya resuelto.
¿Puedo elegir yo mismo al inquilino?
Sí. A diferencia de otros programas de cesión de vivienda pública, Fogar Vivo no impone al propietario un inquilino concreto. El propietario puede seleccionar libremente a la persona arrendataria, siempre que la renta pactada esté dentro de los límites del programa y el contrato se formalice correctamente. La ayuda vinculada adicional (hasta 2.000 €) se activa si el arrendatario es menor de 36 años, tiene hijos menores o familiares con discapacidad.
¿Las obras tienen que estar terminadas antes de solicitar la ayuda?
No. Puedes solicitar la ayuda antes de iniciar las obras —de hecho, es lo recomendable—, y una vez concedida puedes pedir el anticipo del 80% para financiarlas. Las obras deben haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2026 y ejecutarse dentro de los plazos previstos en la resolución de convocatoria.
¿Puedo solicitar Fogar Vivo para más de una vivienda?
La normativa no establece una limitación explícita al número de viviendas por propietario. Sin embargo, el límite de 16.000 euros es por inmueble, por lo que cada vivienda requiere una solicitud independiente. En todo caso, la concesión estará condicionada a la disponibilidad del crédito presupuestario.
¿Qué ocurre si el inquilino deja de pagar y tengo el seguro subvencionado?
El seguro de impago de rentas subvencionado por Fogar Vivo cubre precisamente este riesgo. En caso de impago, el seguro abona las rentas pendientes según las condiciones de la póliza contratada (habitualmente hasta 12 mensualidades). El propietario puede además iniciar el procedimiento de desahucio con normalidad. La subvención para el seguro continúa vigente mientras el contrato esté en vigor y dentro del período de compromiso.
Conclusión: una oportunidad que no debería perderse ningún propietario con vivienda vacía en A Coruña
Fogar Vivo 2026 es, probablemente, el programa de ayudas más completo y mejor diseñado que ha existido en Galicia para sacar partido a una vivienda vacía. Combina una subvención directa para obras —con anticipo del 80%—, cobertura de seguros de impago y un incentivo adicional si el inquilino pertenece a un colectivo prioritario. Todo ello con la garantía de que el propietario mantiene la propiedad y recupera el inmueble al finalizar el período de compromiso.
En A Coruña, donde la presión sobre el mercado del alquiler es cada vez mayor y los precios siguen escalando, poner en circulación una vivienda vacía tiene sentido tanto económico como social. Y con Fogar Vivo, el coste inicial para el propietario es prácticamente nulo.
Lo único que puede jugarte en contra es el tiempo: la convocatoria cierra el 3 de junio de 2026, o antes si se agotan los fondos. Y habida cuenta de que en el primer mes ya se habían recibido la mitad de las solicitudes de todo 2025, el margen es estrecho.
Artículo elaborado por MOSQUERA Y BOEDO ASOCIADOS, S.L. · A Coruña · Agosto 2026
Fuentes: Guía Administradores de Fincas (25/05/2026), CGCAFE, Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, INEGA, Ayuntamiento de A Coruña, Directiva UE 2024/1275/UE.
Este artículo tiene carácter informativo. Para asesoramiento jurídico específico, consulte con su administrador de fincas colegiado.
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